El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución en la que solicita a la Secretaría de la Función Pública (SFP) entregar información relacionada con las declaraciones patrimoniales de 23 ingenieros de la Secretaría de la Defensa Nacional que participaron en la construcción del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA).
Con seis votos a favor y dos en contra, el Pleno de la SCJN ha declarado infundado el recurso de revisión en materia de seguridad nacional, el cual fue promovido por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.
Esto se contrapone a la resolución del 6 de julio de 2022 emitida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), en la cual se ordenó a la SFP la entrega de la versión pública de las declaraciones patrimoniales y de intereses de los mencionados ingenieros militares.
El ministro Javier Laynez Potisek, quien fungió como ponente en este caso, enfatizó que no existen pruebas que demuestren que la divulgación de las declaraciones patrimoniales y de interés de los ingenieros militares residentes de obra en el AIFA tenga un impacto negativo en la coordinación interinstitucional en materia de seguridad nacional o revele información que pueda ser explotada para evaluar la capacidad de respuesta del Estado Mexicano.
Los ministros destacaron que los miembros del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en su calidad de servidores públicos, están sujetos a las disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Por lo tanto, están obligados a presentar sus declaraciones patrimoniales y de intereses, las cuales deben ser divulgadas en concordancia con la normativa correspondiente.
La SCJN argumentó que la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal no proporcionó evidencia directa o indirecta que respalde la noción de que la entrega de los documentos representaría un riesgo concreto y demostrable para la seguridad nacional.
La SCJN consideró que los argumentos presentados por la Consejería estaban basados en suposiciones futuras e hipotéticas, careciendo de pruebas sólidas que respalden la posible interferencia en la futura actuación de los ingenieros militares.
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