El 11 de octubre de 1990, tras un proceso de diálogo y negociación entre los partidos políticos, México apostó por la democracia con la creación Instituto Federal Electoral (IFE), una institución autónoma que sustituyó a la Comisión Nacional Electoral, que dependía de la Secretaría de Gobernación.
Seis años después el IFE logró plena autonomía constitucional, y con esto se puso en manos de la ciudadanía la organización de las elecciones y la recepción y el conteo de los votos.
En este contexto, el actual consejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova, reiteró el llamado a defender al órgano electoral en medio de la discusión de la reforma constitucional enviada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, que busca desaparecerlo.
A unos días de que se cumplan 32 años de la fundación del entonces IFE y a través de su ya tradicional video mensaje dominical en su cuenta de Twitter, el consejero presidente sostuvo que el INE no solo da confiabilidad a los procesos electorales, sino que amplía los derechos de la ciudadanía y genera condiciones de equidad y competencia a todas las fuerzas políticas, por lo que lo calificó de un baluarte que garantizará la democracia.
“El IFE que en 2014 se convirtió en el INE, es una obra colectiva y un patrimonio de todas y todos los mexicanos. Nos corresponde a todas y todos cuidarlo y defenderlo, pues es un baluarte que garantizará a las próximas generaciones una democracia vigente y vigorosa”.
La organización de las elecciones en México antes de la creación del IFE (1917-1987)
1917: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, promulgada el 5 de febrero de ese año, instituye a la Junta Empadronadora, las Juntas Computadoras Locales y los Colegios Electorales como organismos encargados de organizar y calificar los procesos para elegir al Presidente de la República y los miembros del Congreso de la Unión.
1946: El Presidente Manuel Ávila Camacho promulga la Ley Federal Electoral y crea la Comisión Federal de Vigilancia Electoral, conformada por el Secretario de Gobernación y otro miembro del gabinete, un diputado, un senador y dos representantes de los partidos políticos con mayor relevancia. De igual forma, la Ley ordena la creación de comisiones electorales locales y el Consejo del Padrón Electoral.
1951: El Congreso de la Unión aprueba reformar la Ley Federal Electoral para que la Comisión Federal de Vigilancia Electoral pueda arbitrar el registro de nuevos partidos políticos y emitir constancias de mayoría.
1973: Desaparece la Comisión Federal de Vigilancia Electoral y, en su lugar, el Congreso de la Unión aprueba la creación de la Comisión Federal Electoral. En este órgano participan con voz y voto, los representantes de todos los partidos políticos con registro legal.
1977: El Gobierno Federal expidió la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales (LOPPE), cuya principal aportación fue permitir el ingreso a la vida institucional de fuerzas políticas “no incluidas” y propiciar su representación en los órganos legislativos. La LOPPE modificó la integración de la Comisión Federal Electoral y permitió la participación de los partidos políticos registrados –ya fuera bajo la figura de registro condicionado o definitivo- en igualdad de condiciones.
La Comisión quedó conformada por el Secretario de Gobernación, un representante de cada una de las cámaras legislativas, un representante de cada partido político con registro y un notario público.
1987: El Congreso de la Unión realizó una reforma Constitucional para introducir el criterio de representación proporcional en la integración de la Comisión Federal Electoral.
El Instituto Federal Electoral, Órgano Especializado en Materia de Elecciones (1990-2014)
1990: Como resultado de las Reformas realizadas a la Constitución en materia electoral, el Congreso de la Unión expidió el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE) y ordena la creación del Instituto Federal Electoral (IFE), a fin de contar con una institución imparcial que dé certeza, transparencia y legalidad a las elecciones federales.
Al momento de su fundación, el Consejo General, máximo órgano de dirección del IFE, estaba compuesto por los siguientes funcionarios:
-El presidente del Consejo General, que era el Secretario de Gobernación.
-Seis consejeros magistrados, personalidades sin filiación partidista con una solida formación académica y profesional en el campo de derecho, propuestos por el Presidente de la República y aprobados por las dos terceras partes de la Cámara de Diputados.
-El director y el secretario general del Instituto.
-Dos diputados y dos senadores (representantes de los dos grupos parlamentarios más numerosos en cada Cámara).
-Un número variable de representantes partidistas que se fijaba de acuerdo con los resultados que obtuvieran en la última elección.
1993: Mediante la reforma al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales aprobada ese año, el Poder Legislativo de la Unión otorgó al IFE las siguientes atribuciones:
-Declarar la validez de las elecciones de diputados y senadores
-Expedir constancias de mayoría para los ganadores de estos cargos
-Establecer topes a los gastos de campaña
El Congreso de la Unión también le otorgó al Consejo General del Instituto la facultad de designar al Secretario General y a los Directores Ejecutivos por voto de las dos terceras partes de sus miembros y a propuesta del Consejero Presidente. Anteriormente, el nombramiento de los Directores Ejecutivos era competencia del Director General.
1994: La reforma electoral aprobada ese año instituyó la figura de “Consejeros Ciudadanos”, personalidades propuestas por las fracciones partidarias en la Cámara de Diputados y electos por el voto de las dos terceras partes de sus miembros sin considerar la profesión o título que poseyeran. Por su parte, los partidos políticos conservaron un representante con voz, pero sin voto en las decisiones del Consejo General.
En este año, el Consejo General del IFE quedó organizado de la siguiente forma:
-Un presidente del Consejo General (Secretario de Gobernación)
-Seis consejeros ciudadanos
-Cuatro consejeros del poder legislativo
-Representantes de los partidos políticos con registro
Gracias a esta reforma, los Consejeros Ciudadanos contaron con la mayoría de votos en el Consejo General del IFE y con ello aumentó su influencia dentro de él, así como en los procesos de toma de decisiones de los órganos de dirección. También se ampliaron las atribuciones de los órganos de dirección del IFE a nivel estatal y distrital.
1996: El Congreso de la Unión realizó una nueva reforma electoral al aprobar la modificación del artículo 41 constitucional, así como un nuevo Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Entre los aspectos más importantes de esta reforma destacan los siguientes:
Se reforzó la autonomía e independencia del IFE al desligar por completo al Poder Ejecutivo de su integración y se reservó el voto dentro de los órganos de dirección para los consejeros ciudadanos.
El nuevo artículo 41 de la Constitución estableció que “la organización de las elecciones es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo denominado Instituto Federal Electoral, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la ley”.
Se eliminaron las figuras de Director y de Secretario General del IFE y se crearon la Presidencia del Consejo General y la Secretaría Ejecutiva.
Se crearon las comisiones permanentes a cargo de consejeros electorales, lo que permitió que el Consejo General contara con mecanismos para supervisar las actividades de la rama ejecutiva del IFE.
Se estableció en nueve el número de miembros del Consejo General con derecho a voto, por lo que el Consejo General quedó constituido por:
-El consejero presidente del Instituto (con derecho a voz y voto)
-Ocho consejeros electorales (con derecho a voz y voto)
-Un secretario ejecutivo (sólo con derecho a voz)
-Consejeros del Poder Legislativo (sólo con derecho a voz)
-Representantes de cada partido político con registro (sólo con derecho a voz)
2007: El Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales aprobado en ese año por el Congreso de la Unión otorgó al IFE 53 atribuciones con los siguientes objetivos fundamentales:
-Fortalecer la confianza y la credibilidad de la ciudadanía en las elecciones federales.
-Regular el acceso de los partidos políticos y las autoridades electorales a los medios de comunicación.
-Promover la participación ciudadana en las elecciones.
-Asegurar condiciones de equidad y civilidad en las campañas electorales.
-Transparentar el proceso de organización y difusión de los resultados electorales.
-Crear la Contraloría General del IFE con un titular designado por la Cámara de Diputados.
-Crear la Unidad de Fiscalización como órgano con plena autonomía a cargo de un funcionario designado por el Consejo General.
Una Nueva Autoridad Electoral de Carácter Nacional: El Instituto Nacional Electoral (2014)
La reforma constitucional en materia política-electoral, publicada el 10 de febrero de 2014 rediseñó el régimen electoral mexicano y transformó el Instituto Federal Electoral (IFE) en una autoridad de carácter nacional: el Instituto Nacional Electoral (INE), a fin de homologar los estándares con los que se organizan los procesos electorales federales y locales para garantizar altos niveles de calidad en nuestra democracia electoral.
Además de organizar los procesos electorales federales, el INE se coordina con los organismos electorales locales para la organización de los comicios en las entidades federativas.
El Consejo General del INE se compone de 11 ciudadanos elegidos por la Cámara de Diputados. Uno de ellos funge como Consejero Presidente y los 10 restantes como Consejeros Electorales.
El INE cuenta con un Servicio Profesional Electoral Nacional (SPEN) para asegurar la imparcialidad y profesionalismo de todos los funcionarios que participan en la organización de elecciones, tanto a nivel federal como local.
El Consejo General del INE designa a los consejeros de los organismos electorales locales y puede asumir funciones que le corresponden a dichos institutos en los casos que la Ley prevea.
De acuerdo con la reforma constitucional, entre las funciones principales del INE se encuentran las siguientes:
-Organizar la elección de los dirigentes de los partidos políticos a petición de estas organizaciones.
-Garantizar que los candidatos independientes tengan acceso a tiempos del Estado en radio y televisión, para que puedan difundir sus campañas.
-Verificar que se cumpla el requisito mínimo (2% de la lista nominal) para solicitar el ejercicio de las consultas populares y realizará las actividades necesarias para su organización, incluido el cómputo y la declaración de resultados.
-Fiscalizar los recursos de los partidos políticos nivel federal y local en forma expedita, es decir, en el transcurso de las campañas y no una vez que terminen.