El pleno del Senado aprobó por unanimidad los cambios realizados por la Cámara de Diputados al proyecto de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial.
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La nueva Ley de Movilidad, que ya fue avalada y corregida por ambas cámaras del Congreso de la Unión y tiene una estimación de costo de hasta mil millones de pesos para su operación, fue enviada al Ejecutivo federal para su entrada en vigor a la brevedad.
Con el voto unánime de 102 senadores, el pleno aprobó “la obligación de las entidades federativas y los municipios de realizar pruebas de alcoholemia de manera permanente, con el objetivo de evitar la conducción de cualquier tipo de vehículos bajo el efecto del alcohol”.
Entre sus objetivos principales está el buscar proteger la vida e integridad de las personas, poniendo en primer lugar a los peatones.
La presidenta de la Comisión de Zonas Metropolitanas y Movilidad, Patricia Mercado, explicó que con esta ley se busca generar las condiciones para reducir el número de muertes en accidentes de tránsito.
La nueva Ley de Movilidad incluye mecanismos de coordinación de los tres órdenes de gobierno con la sociedad; integra un Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial; dispone condiciones mínimas de infraestructura, banquetas, iluminación, pasos peatonales, seguros; modos de transporte de personas, bienes y mercancías y gestión de factores de riesgo para reducir muertes y lesiones graves por accidentes viales.
Fija la jerarquía de prioridad en las calles. Los peatones en primer lugar; siguen los ciclistas, personas con patines, patinetas y triciclos; después el transporte público, seguido del transporte de carga, y al final los automóviles particulares y los motociclistas.
Las principales modificaciones a la Ley de Movilidad
Uno de las principales cambios es la prohibición del uso del teléfono móvil o cualquier otro dispositivo electrónico o de comunicación, así como leer o enviar mensajes de texto, salvo que se realice mediante el uso de manos libres.
Otra de las modificaciones de la Ley de Movilidad es que toda persona que tramite una licencia para conducir deberá acreditar un examen que consistirá en valoraciones teóricas y prácticas del reglamento de tránsito.
En el caso de las personas con discapacidad, el examen se hará de forma accesible. Asimismo, señala que las licencias no podrán tener una vigencia mayor a cinco años de forma general y de dos años en caso de licencias para vehículos de emergencia.
También se adicionó una fracción IV al artículo 52 para señalar que las licencias que expidan las autoridades competentes podrán ser impresas en material plástico o de forma digital mediante aplicaciones tecnológicas.
La Ley de Movilidad señala que queda prohibido conducir con una alcoholemia superior a 0.25 miligramos por litro en aire espirado o 0.05 gramos por decilitro en sangre. Todas aquellas personas que sean sorprendidas bajo la influencia de alcohol, drogas, psicotrópicos o estupefacientes mientras manejan perderán su licencia por lo menos durante un año, mientras que para todos los conductores de transporte público o de carga que sorprendidos en esa condición la sanción será de al menos seis meses.
La ley propone los siguientes límites de velocidad: 30 kilómetros por hora en calles secundarias y terciarias; 50 kilómetros por hora en avenidas primarias sin acceso controlado; 80 kilómetros por hora en carriles centrales de avenidas de acceso controlado; y 80 kilómetros por hora en carreteras estatales fuera de zonas urbanas.
Asimismo, señalan 110 kilómetros por hora para automóviles, 90 kilómetros por hora para autobuses y 80 kilómetros por hora para transportes de bienes y mercancías en carreteras y autopistas de jurisdicción federal.
Otra de las obligaciones que plantea la nueva ley consiste en el uso del cinturón de seguridad y, en caso de los motociclistas, el uso obligado de casco de protección o de asientos de retención cuando hay niños o niñas a bordo.