La consulta de revocación de mandato del Presidente Andrés Manuel López Obrador si incluirá una pregunta para ratificarlo en su cargo, pues la Suprema Corte de Justicia no alcanzó los ocho votos necesarios para su invalidez.
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Por siete votos contra cuatro, el Pleno de la Corte consideró inconstitucional una porción del artículo 19 de la ley, que pregunta si el Presidente debe seguir en su cargo, ya que desnaturaliza un ejercicio que solo tiene por objeto la conclusión anticipada del mandato.
Pero el voto del Presidente Arturo Zaldívar, sumado a tres ministros nominados a la Corte por López Obrador, impidió la mayoría calificada necesaria para aprobar la propuesta de invalidez planteada por el Ministro Jorge Pardo.
La porción del artículo 19 de la Ley Federal de Revocación de Mandato que seguirá vigente, dice:
“La pregunta objeto del proceso, la cual deberá ser: ¿Estás de acuerdo en que a (nombre), Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”.
Pardo proponía eliminar la porción “o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo”.
Zaldívar, quien tuvo la intervención más larga en contra del proyecto, dijo que ya no se puede cambiar la pregunta, porque las 3.4 millones de firmas que simpatizantes de López Obrador recabaron para convocar la consulta, se consiguieron con base en el cuestionamiento doble, sobre revocación y permanencia.
Dijo que esto si afectaría retroactivamente los derechos humanos de quienes participaron para la consulta, que la pregunta sobre la permanencia del Presidente en su puesto “le da mucha más claridad a la gente” e impide que la consulta se atore en tecnicismo, sin que se esté buscando refrendar o ratificar al funcionario.
Zaldívar afirmo que la expresión “estás de acuerdo con la revocación de mandato” no es clara para la mayoría de las personas, de ahí la conveniencia de preguntarles también si quieren que se quede el Presidente, ya que esto cumple una función “clarificadora” sobre los alcances de esta consulta.
Las ministras Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz, en la minoría, se centraron en que la Constitución no establece requisitos de cómo se debe formular la pregunta de la consulta de revocación, por lo que el Congreso podía formularla como quisiera mientras fuera clara.
Juan Luis González Alcántara, quien al final de la discusión emitió el cuarto voto decisivo, se limitó a sumarse a lo dicho por Zaldívar.
En la mayoría, el Ministro Alberto Pérez Dayan afirmó que la permanencia de López Obrador en su cargo se infiere de la elección de 2018 y se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2024, a menos que un ejercicio auténtico de revocación lo interrumpa, y advirtió que dejar esta pregunta, permite que se convoque a un ejercicio que no es de revocación, sino de apoyo.
La mayoría fue enfática en recordar que, durante el proceso de 2019 para incluir la revocación en la Constitución, los legisladores rechazaron que esta figura no pudiera convertirse en una ratificación de funcionarios.
“Fue el mandato del Constituyente Permanente al introducir el mecanismo de revocación de mandato al texto Constitucional; y a ese orden tendría que sujetarse la respectiva ley reglamentaria, apartando de su contenido cualquier norma que pueda dar a la revocación del mandato, la connotación de ser un ejercicio de ratificación, renovación o refrendo del respectivo nombramiento; en tanto que precisamente esta idea contenida en el dictamen de la Cámara de origen quedó superada de manera concluyente en el dictamen discutido y aprobado en el seno de la Cámara revisora”, decía el proyecto que no alcanzó los votos necesarios.
Agencia Reforma