Un Ministro de la Suprema Corte de Justicia resolvió hoy que el Instituto Nacional Electoral (INE) tiene que hacer, al menos por ahora, los ajustes necesarios a su presupuesto de 2022, para cumplir el mandato legal de celebrar una eventual consulta de revocación de mandato del Presidente Andrés Manuel López Obrador.
El Ministro, cuya identidad no ha publicado aún la Corte, se negó a conceder al INE una suspensión contra el artículo cuarto transitorio de la Ley Federal de Revocación de Mandato, que establece:
“El INE deberá garantizar la realización de la consulta establecida en el Transitorio Cuarto del Decreto de reforma Constitucional publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2019, por lo que hará los ajustes presupuestales que fueren necesarios”.
“Es improcedente la suspensión respecto a que el INE no tenga que hacer ajustes a su presupuesto, como se prevé en el artículo cuarto transitorio del decreto por el cual se expidió la Ley Federal de Revocación de Mandato, así como que se exima al INE y a su personal de las sanciones administrativas, penales o de diversa índole a que hubiera lugar”, resolvió el Ministro.
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La Corte no ha publicado la versión completa de esta sentencia. La Ley de Revocación es una norma general, y usualmente los Ministros no conceden suspensiones para frenar los efectos de normas, aunque excepcionalmente si lo han hecho.
El INE puede impugnar la negativa de suspensión ante una Sala de la Corte, pero pasarán varias semanas para una sentencia, pues el Poder Judicial inicia este jueves su receso de fin de año.
La controversia del INE impugna el recorte de 4 mil 913 millones de pesos a la solicitud presupuestal que presentó a la Cámara de Diputados, y si bien la Corte no tiene plazo para resolver el fondo del asunto, la revocación de mandato es un tema electoral, por lo que es probable que le dará prioridad al caso.
La semana pasada, el INE afirmó que ya hizo ajustes y que le siguen faltando 2 mil 554 millones de pesos para organizar una revocación con el alcance nacional que ordena la Constitución, por lo que incluso estudiaba paralizar el proceso hasta que la Corte resuelva.
En una sentencia de fondo en que otorgue la razón al INE, el Pleno de la Corte puede ordenar que se asignen estos recursos, pero llegar a ese fallo tomara algunos meses.
El INE también impugnó la pretensión de someter a sus mandos al tope salarial de 1.7 millones de pesos netos anuales que gana López Obrador, prevista en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 2022.
Sobre este tema, el Ministro sí concedió la suspensión, por lo que el INE podrá mantener en 2022 salarios superiores a los del Ejecutivo, beneficio que ya fue otorgado a otros órganos autónomos como Banco de México y los institutos Federal de Telecomunicaciones (IFT) y Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
Esta controversia es independiente a una acción de inconstitucionalidad presentada en octubre por diputados de oposición, que pidieron a la Corte eliminar una porción de la pregunta establecida en la Ley de Revocación.
“¿Estás de acuerdo en que a (nombre), Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”, es la pregunta prevista en la ley, pero la oposición sostiene que la última parte es inconstitucional, pues convierte la consulta de revocación en una consulta de ratificación.
El Ministro Jorge Pardo, instructor de esta acción, estaba a punto de cerrar la instrucción del juicio, por lo que la Corte también podría resolver este tema en el primer trimestre de 2022.
Agencia Reforma