La Suprema Corte de Justicia declaró, por primera vez en su historia, que es inconstitucional la penalización de las mujeres y personas que deciden abortan en la primera etapa del embarazo y reconoció el derecho a decidir.
Por unanimidad, el pleno de la Corte invalidó el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, que imponía de uno a tres años de cárcel “a la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que le hiciere abortar con el consentimiento”.
“No tiene cabida dentro de la doctrina jurisprudencial de este Tribunal Constitucional un escenario en el cual la mujer y las personas con capacidad de gestar no puedan plantearse el dilema de continuar o interrumpir su embarazo”, argumentó del ministro Luis María Aguilar, quien presentó el proyecto a la Sala Superior.
El aborto solo está despenalizado (hasta las primeras 12 semanas de gestación) en cuatro estados: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz.