La publicación de la sentencia que elimina la prohibición absoluta al consumo lúdico y recreativo de la mariguana, que dio a conocer la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN); se ha dado y ahora solo tiene que aparecer en el Diario Oficial de la Federación para que ya se puedan tramitar en la Cofepris permisos para la adquisición de la semilla, siembra, cultivo, cosecha, preparación, posesión y transporte.
“En lo sucesivo, y mientras el Congreso de la Unión no legisle al respecto, la Secretaría de Salud deberá emitir esas autorizaciones sólo a personas adultas. La Cofepris deberá establecer los lineamientos y modalidades de la adquisición de la semilla y tomar todas las medidas necesarias para dar cauce al derecho tutelado”.
De igual forma, la SCJN hace un llamado a la Cámara de Diputados y al Senado para que se legisle al respecto del derecho al autoconsumo recreativo de cannabis y THC, para generar seguridad jurídica a los usuarios y a terceras personas, así como las condiciones de información necesarias para ejercer responsablemente.
Lee aquí: Dificulta la 4T el cobro de la pensión universal a los adultos mayores