La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) presentó una controversia constitucional para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aclare si el Gobierno puede impedir fusiones, alianzas y participaciones cruzadas de empresas del sector energético, que ya cuentan con aprobación del órgano antimonopolios.

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Cofece promovió el 10 de mayo una controversia en la que impugna la negativa de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), órgano del Poder Ejecutivo, para autorizar la participación cruzada de Trafigura, que es la segunda mayor comercializadora mundial de combustibles, en otra empresa que cuenta con permiso de almacenamiento de petrolíferos.

Esta operación ya contaba, desde noviembre de 2019, con opinión favorable de la Cofece, que es el órgano que vigila que no existan afectaciones a la libre competencia y al acceso no discriminatorio a los mercados.

Sin embargo, el 16 de marzo, la CRE negó el permiso solicitado por Trafigura y sus filiales NGL Equipments y SIADSA, para integrarse verticalmente con TP Terminals, que es una coinversión controlada por la empresa Grupo IEnova.

En la Corte, el ministro Jorge Pardo admitió el 25 de mayo a trámite la controversia de Cofece, que impugna la resolución 133/2021 de la CRE.

En este documento, la CRE incluyó un estudio jurídico que concluye que, según las leyes de Hidrocarburos y de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, dicha comisión es la autoridad encargada de vigilar condiciones de competencia efectiva en el mercado, mientras que la Cofece solo emite “opiniones”.

Desde 2020, la Cofece había advertido que esta postura de la CRE invadíría sus atribuciones Constitucionales exclusivas para regular la competencia económica, salvo en telecomunicaciones y radiodifusión, donde la autoridad es el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

Al negar la autorización a Trafigura, la CRE consideró que podría haber obstáculos al libre acceso a otros competidores, porque no habría la suficiente separación entre las empresas que cuentan con los permisos para actividades distintas, como almacenamiento y comercialización.

“Los solicitantes no garantizan que sus operaciones en sistemas independientes y que efectivamente tengan establecidos mecanismos jurídicos y corporativos que impidan la intervención en la operación y administración de cada una de las sociedades, y que por tanto no afecten el acceso abierto efectivo y la eficiencia en los mercados”, afirmó la CRE.

Agregó que, en marzo de 2020, Trafigura y SIADSA firmaron un contrato posterior a la opinión de Cofece, que contiene una “cláusula discriminatoria” para otros usuarios de la terminal de almacenamiento de SIADSA.

La versión pública de la resolución de CRE no menciona a Pemex, que según la Cofece, en 2019 controlaba 89 por ciento de la capacidad de almacenamiento de petrolíferos del país.

Las empresas afectadas

Trafigura
Empresas de Singapur, es la segunda mayor comercializadora de combustibles del mundo

NGL Equipments
Filial de Trafigura, tiene permiso para comercializar petrolíferos, gas y petroquímicos

SIADSA
Filial de Trafigura, tiene permiso para almacenar 95 mil barriles de petrolíferos en 5 tanques

TP Terminals
Coinversión Trafigura-Ienova, controlada por esta última, tiene permiso para almacenar 1.7 millones de barriles de petrolíferos en 13 tanques

Agencia Reforma