Por unanimidad, la Cámara de Diputados aprobó con modificaciones la minuta del Senado que regula el teletrabajo y lo promueve como una alternativa al trabajo presencial.
Los diputados avalaron con 426 votos a favor modificaciones al artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo, así como la adición del capítulo XII Bis, las cuales establecen que las condiciones del trabajo a domicilio se harán constar por escrito mediante un contrato que, además de lo establecido en el artículo 25 de dicha ley, incluirá datos como domicilio de las partes, características del trabajo, el monto del salario, fecha, lugar y forma de pago, el equipo e insumos de trabajo entregados, así como las obligaciones en materia de seguridad y salud.
Ordenan que el teletrabajo forme parte del contrato colectivo de trabajo y cuando no se cuente con uno, que esta modalidad sea incluida en el reglamento interior. Además, establece mecanismos para supervisar el teletrabajo y éstos deberán garantizar el derecho a la privacidad de las personas y sólo podrán utilizarse cámaras de video o micrófonos de manera extraordinaria.
El pleno modificó la minuta del Senado al avalar reservas que especifican que se considerará teletrabajo aquel que se realiza en un establecimiento del “patrón”.
El dictamen que retornó al Senado, establece para los patrones “obligaciones especiales” como proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios, asumir los costos derivados del servicios de telecomunicaciones y electricidad, implementar mecanismos para preservar la seguridad de la información y datos, respetar el derecho a la desconexión de las personas trabajadoras y establecer mecanismos de capacitación y asesorías necesarias para garantizar la adaptación, aprendizaje y el uso adecuado de las tecnologías.
En lo que respecta a los trabajadores, entre sus obligaciones especiales se encuentran cuidar los equipos, materiales y útiles entregados, informar oportunamente sobre los costos pactados para el uso de servicios de telecomunicaciones y el consumo de electricidad, obedecer y conducirse con apego a las disposiciones en materia de salud y seguridad y atender y utilizar los mecanismos y sistemas operativos para la supervisión de actividades y atender las políticas y mecanismos de protección de datos.
El dictamen establece que estas nuevas disposiciones regirán las relaciones laborales que se desarrollen en más del 40 por ciento en esta modalidad y no será considerado como teletrabajo el que se realice de manera ocasional o esporádica.
La diputada del Partido Verde, Lilia Villafuerte, recordó que el teletrabajo actualmente no esta definido ni regulado por la ley, a pesar de que se trata de un esquema que puede generar impactos positivos en la productividad y en la reducción del estrés laboral.
Ante ello, consideró adecuado definirlo, regularlo y concebirlo en un capítulo propio, es decir, como un elemento distinto.
La perredista Mónica Bautista dijo que el teletrabajo genera beneficios como una mayor disponibilidad, un mejor aprovechamiento del tiempo, ahorros en el traslado y una mayor posibilidad para que los trabajadores puedan organizar su vida laboral y personal.
Para las empresas, agregó, representa aumentos en la productividad, y ahorros en infraestructura, mientras que para la sociedad, implica reducciones en materia de contaminación, saturación en las vías de comunicación y oportunidades laborales para personas con discapacidad o que habitan en zonas muy alejadas.
La legisladora aseguró que es relevante legislar en este tema, porque el teletrabajo también puede generar un ambiente propicio para aumentar jornadas de trabajo, recargas en empleados gastos como los de telecomunicaciones y afectar la vida personal.
En su turno, el diputado del PRI y secretario general de la CROC, Isaías González Cuevas, celebró que la reforma respalda el trabajo que se apoya en las tecnologías de la información y en las comunicaciones.
Lo anterior, aplaudió, les permitirá realizar sus funciones con mayor autonomía, organización y flexibilidad.
Agencia Reforma